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El mayor del Ejército, Luis Gabriel Burgos Cáceres, fue condenado a 16 meses de prisión domiciliaria por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, a donde llegó su caso después de haber recorrido toda la jurisdicción Penal Militar. Los hechos por los que debe purgar la pena se remontan a 2013, cuando en medio de un ejercicio de tiro en el polígono de armas largas, golpeó a un soldado, quien por un problema en el brazo no podía realizar la prueba. Según los testimonios que llegaron hasta el alto tribunal, no fue la única vez que agredió a un subalterno.
De cuerdo con el expediente que resolvió la Sala Penal de la Corte Suprema, el 26 de abril de 2013, Burgos Cáceres era para la época capitán de la institución castrense y fungía como comandante de la Compañía de Instrucción y Reemplazos “Santander” del Batallón nro. 16 del Ejército. Ese día, el uniformado dirigía el ejercicio de tiro en el polígono de armas largas y durante la actividad el soldado bachiller Leonardo Alfonso González Fino tuvo que apartarse de la práctica. El joven soldado fue autorizado para salir del ejercicio por el teniente coronel Ricardo Iván Tibaduiza Díaz, quien conoció que González Fino, tenía un absceso en el brazo que le causaba dolor y le impedía continuar en la prueba.
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Aun así, el entonces capitán Burgos Cáceres llamó al soldado y sin el menor cuidado médico “le oprimió el absceso para tratar de extirparlo”. Ante esas acciones, el teniente coronel Tibaduiza Díaz, su superior, le llamó la atención. Sin embargo, horas después, ese mismo día, cuando el Tibaduiza Díaz dejó el polígono, el capitán Burgos Cáceres volvió a acercarse al soldado bachiller. Esta vez, reza el expediente, “con lenguaje ofensivo y palabras soeces reprendió al soldado de manera degradante. Además, recogió un palo del suelo, lo golpeó en el otro brazo y le arrojó el objeto a los pies”.
El caso llegó en junio de ese año al Juzgado 13 de Instrucción Penal Militar, que inició una investigación en contra de Burgos Cáceres por el delito de ataque al inferior. El proceso en contra del entonces capitán avanzó con él en completa libertad hasta el 15 de marzo de 2019, cuando se llevó a cabo la audiencia de corte marcial que lo absolvió porque había dudas sobre su responsabilidad en la agresión al inferior y no se probó completamente el maltrato. Pero, para la Procuraduría y Fiscalía en el caos, la decisión fue equivocada, pues “los medios de convicción, testimoniales y documentales allegados al trámite, demostraron con suficiencia, la materialidad del ilícito y la responsabilidad penal del entonces capitán Burgos Cáceres”.
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En marzo de 2023, el caso en contra del ahora mayor tuvo una segunda decisión. La Sala Primera de Decisión del Tribunal Superior Militar y Policial de Bogotá revocó el fallo absolutorio y condenó a Burgos Cáceres a 16 meses de prisión como autor del delito de ataque al inferior. Sin embargo, no lo sancionaron separándolo de la institución castrense ni inhabilitándolo para ejercer derechos y funciones públicos. Ante la condena, la defensa del ahora mayor Burgos escaló el caso hasta la Corte Suprema, por considerar que fue equivocada, ya que, por una parte, no se probó completamente que existiera realmente la agresión en contra del soldado bachiller; y, por otra, que el caso ya había prescrito, porque los hechos se remontan a 2013 y la condena se emitió 10 años después.
Al revisar lo dicho por la defensa del mayor, el alto tribunal evidenció que en el caso del mayor Buros Cáceres, quien es un funcionario público, se extienden los términos por su calidad de miembro de la fuerza pública. Para este caso, señala el alto tribunal, el término pasó de cinco años a siete años y seis meses, pero en ese tiempo hubo decisiones en primera y segunda instancia, y eso realmente se llevó a cabo en cuatro años y nueve meses. Por esa razón, el caso no podía caerse por los argumentos que empleaba la defensa del militar.
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En cambio, para el alto tribunal “quedó probado que el acusado intentó extirpar un forúnculo que presentaba el soldado en su brazo derecho, al presionarlo con fuerza, sin su consentimiento y sin observar las condiciones mínimas de asepsia, causándole un dolor intenso”. También, se probaron los malos tratos horas después del hecho por el que se retiró el soldado bachiller de la prueba. A pesar de los jalones de oreja de la Corte, la Sala Penal consideró que Burgos Cáceres “satisface las exigencias legales para ser beneficiado con el sustituto de la prisión domiciliaria”.
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