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Denuncian trabas en la emisión de tarjetas profesionales no binarias en el Colpsic

El Espectador conoció los testimonios de dos profesionales en psicología, que denuncian que el Colegio Colombiano de Psicólogos les impuso barreras y retrasos en la expedición de sus tarjetas profesionales, argumentando la falta de reconocimiento de títulos con pronombres neutros.

Redacción Género y Diversidad
25 de marzo de 2025 - 10:11 p. m.
Denuncian trabas en la emisión de tarjetas profesionales no binarias en el Colpsic
Foto: Getty Images - Las Igualadas
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A pesar de contar con cédulas de ciudadanía y diplomas universitarios que reconocen su identidad de género, Delta Fluvial y Sac del Río Guevara Cano, denuncian que enfrentaron múltiples barreras por parte del Colegio Colombiano de Psicólogos (Colpsic) para obtener sus tarjetas profesionales, un documento necesario para que puedan ejercer sus profesiones o ingresar a un posgrado, pues acredita la legalidad del título.

Todo comenzó hacia diciembre de 2024, cuando Delta y Sac del Río recibieron sus diplomas con pronombres neutros por parte de la Universidad del Rosario y la Universidad Autónoma de Bucaramanga (UNAB), respectivamente. Con los títulos expedidos y la emoción de los logros obtenidos, el paso que seguía era solicitar sus tarjetas profesionales, un trámite que habitualmente se demora 30 días hábiles.

Primero fue el caso de Delta. El 28 de diciembre inició el proceso que se le exige a cualquier persona: realizó el pago correspondiente para obtener su tarjeta profesional y envió la documentación requerida. Sin embargo, el 12 de febrero de 2025, el Colpsic le notificó que su título profesional no era válido y que debía solicitar a su universidad una corrección en el diploma. Delta se negó, argumentando que su título era legítimo. Días después recibió una nueva comunicación por parte de la entidad utilizando el mismo argumento: “su título no estaba contemplado en la normativa nacional”. Esta vez, la entidad ó a la Universidad del Rosario para solicitar la modificación del diploma, lo cual fue rechazado por la institución, que defendió la validez del título.

El proceso de Sac del Río siguió un curso similar. El 30 de diciembre de 2024, Sac del Río inició el trámite para obtener su tarjeta profesional a través de la plataforma de Colpsic. Sin embargo, en el marcador de género, el formulario solo permitía seleccionar “masculino” o “femenino”, sin considerar la opción no binaria. Al reportar el inconveniente, la entidad respondió que “el sistema estaba en actualización” y le indicó que “seleccionara cualquiera de las dos opciones”. Cuando finalmente pudo cargar sus documentos, Colpsic le envió la primera comunicación a Sac diciendo que su título “no existía legalmente en Colombia” y le sugirió solicitar a su universidad la modificación del diploma.

Aunque el Colegio Colombiano de Psicólogos, en ambos casos, afirmó que estos títulos no tenían validez jurídica, en Colombia ya existían antecedentes de instituciones educativas que habían otorgado títulos con lenguaje neutro sin que esto representara un impedimento legal. En 2023, la Universidad del Rosario concedió el título de “abogade”, convirtiéndose en la primera universidad del país en reconocer oficialmente una titulación con lenguaje neutro. Según explica Flora Rodríguez, directora del Centro Rosarista de Diversidad, Equidad e Inclusión, en entrevista con El Espectador, este precedente permitió que el trámite con el título de “psicólogue” se realizara con mayor claridad, ya que la universidad había validado internamente la medida y el Ministerio de Educación ratificó que estos cambios eran parte de la autonomía universitaria y no requerían modificaciones sustanciales en el registro calificado.

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Por su parte, la UNAB también reiteró la validez del título otorgado a Sac del Río y rechazó la postura del Colpsic. “Los títulos expedidos cumplen con todos los requisitos académicos y istrativos exigidos por la ley y cuentan con el respaldo del Ministerio de Educación. No reconocerlos constituye una vulneración al derecho a la identidad de género y a la igualdad de oportunidades”, señaló la institución en conversación con este diario.

Pero la espera por su tarjeta profesional, un documento necesario para poder empezar a trabajar en sus profesiones, continuó. Durante el proceso, el Colegio Colombiano de Psicólogos les propuso a Delta y a Sac del Río cambiar la denominación de su título de “psicólogue” por “profesional en psicología” como condición para poder expedir la tarjeta profesional, con el argumento de que, nuevamente, la primera “no tenía validez jurídica”. Para estas personas, lo que parecía sólo un trámite para poder trabajar, se estaba convirtiendo en un dolor de cabeza.

Alelí Chaparro, abogade y quien asesora jurídicamente los dos casos, explicó en entrevista con este diario que “cada persona tiene el derecho fundamental de definir cómo expresa su identidad de género, y ninguna entidad puede imponer una forma única de reconocimiento. Ahí es donde radica el error de Colpsic, no le corresponde decidir cómo deben identificarse les profesionales que solicitan su certificación”.

Casi mes y medio después, tras trámites, apelaciones y acciones jurídicas, Delta Fluvial y Sac del Río finalmente obtuvieron sus tarjetas profesionales. En respuesta a un derecho de petición radicado por El Espectador para obtener información sobre la negativa inicial y los retrasos en el trámite, la entidad le explicó que “no se presentó ninguna demora en el proceso de expedición de la tarjeta profesional a la persone a la que se le negó inicialmente la tarjeta profesional”. Según la entidad, el tiempo estándar para este trámite es de 30 días hábiles, y señalaron que en el caso de Delta, desde la solicitud hasta la entrega, transcurrieron 43 días hábiles.

Adicionalmente, la entrega de la tarjeta profesional de Sac del Rio, estuvo acompañada de una comunicación en la que Colpsic reiteró que el título de “psicologue” “legalmente no existe en Colombia”. En esta misma respuesta, el Colegio explicó que la decisión de expedir la tarjeta profesional no significaba el reconocimiento de la validez del título, sino que la Sala Nacional Colegial, máxima instancia istrativa de la entidad, resolvió otorgar la certificación a Delta y, bajo este precedente, se tomó la decisión de expedir la de Sac del Río.

A pesar de entregar la tarjeta profesional, el Colegio Colombiano de Psicólogos argumentó en esta comunicación que este documento solo puede ser entregado a quienes obtengan el título de “psicólogo”, resaltando reiteradamente esta palabra en negrillas. El Colpsic también mencionó que expedir una tarjeta profesional bajo la denominación “psicólogue”, desconociendo la Ley 1090 de 2006, podría ser interpretado como una extralimitación legal.

Así mismo, en la respuesta a este diario, Colpsic argumentó que “inicialmente se negó la expedición de una tarjeta profesional de “psicólogue” por falta de los requisitos legales”. Para esto se basaron en el artículo 12 de la ley anteriormente mencionada, que expone que solo pueden obtener la tarjeta quienes tengan el título de psicólogo otorgado por universidades reconocidas en Colombia, o por instituciones de otros países con los que Colombia tenga tratados de reciprocidad o equivalencia de títulos. Además, mencionaron la Resolución 3461 de 2003 del Ministerio de Educación, la cual establece que el título profesional en Psicología debe ser el determinado por la ley.

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Esto dejó una nueva incertidumbre sobre el futuro de quienes se titulen con lenguaje neutro. De acuerdo con Chaparro, aunque Delta y Sac lograron obtener su certificación después de un proceso largo de comunicaciones, quejas e, incluso, acciones jurídicas, no hay garantías de que otras personas que se identifiquen como no binarias no enfrenten obstáculos similares. “Al no haberse emitido, por parte del Colegio, una declaración explícita sobre la validez jurídica de los títulos expedidos con lenguaje neutro, como “psicologue”, deja el riesgo de que, ante futuras solicitudes, se repita el mismo tipo de respuesta institucional. Esto podría traducirse, nuevamente, en requerimientos para modificar el título, en negativas a expedir la tarjeta profesional, o en la necesidad de recurrir a recursos como apelaciones o tutelas”.

Otro de los argumentos expuestos por los testimonios y por la persona asesora del caso señala que la interpretación de la normativa por parte del Colegio Colombiano de Psicólogos habría sido parcial. Según explicó Chaparro, si la entidad aplicara la normativa con el mismo nivel de rigurosidad que utilizó para rechazar el título con lenguaje neutro, entonces también se habría requerido a las personas tituladas como “psicólogas” que modificaran sus diplomas para obtener la tarjeta profesional. Desde su análisis, el Colegio ha aceptado de manera implícita que “Psicóloga” y “Psicólogo” son equivalentes, pero no ha extendido esa misma lógica a la denominación “Psicólogue”, lo que, presuntamente, evidenciaría una aplicación selectiva de la norma.

“La razón por la que dicen que no es homologable no la explican. Parece ser una combinación de una lectura exegética de la norma y la invisibilización del lenguaje y los pronombres inclusivos. Vale la pena precisar que la ‘homologabilidad’ de los títulos ya ha sido analizada por la Corte Constitucional en varias ocasiones, y se determina con base en el contenido del programa académico, no en los pronombres utilizados en el diploma. Lo relevante es que la persona haya estudiado psicología, no cómo se le nombra en el título”, afirmó Chaparro.

Además, asegura que la Corte Constitucional ha ordenado a las universidades respetar los pronombres de sus estudiantes en la expedición de títulos. “Por ejemplo, ha exigido que se emitan títulos en femenino en lugar de masculino para mujeres que se gradúan. Entonces, tomando todo eso en cuenta, ¿de qué depende la legalidad del título de psicólogue?”

Por otro lado, el Colegio Colombiano de Psicólogos ha indicado, en todas las comunicaciones emitidas desde el inicio de ambos casos, que se encuentra adelantando procesos técnicos y tecnológicos para adaptar su plataforma al reconocimiento de los marcadores de género que están legalmente contemplados en el sistema jurídico colombiano (M de Masculino, F de Femenino, T de Trans, NB de No binario). Según la respuesta brindada a este medio, a través del derecho de petición, “el tiempo estimado para realizar los cambios en la plataforma informática, si no se presentan circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, para la inclusión de les persones NB y otras denominaciones, es el 1º de mayo de 2025”.

Frente a la situación en la que el sistema exige indicar un género de manera obligatoria, pero solo permite seleccionar entre las opciones “masculino” y “femenino”, Chaparro advierte que “si te piden que indiques tu género y solo existen esas dos opciones, hay una vulneración al derecho a la identidad de género, porque este derecho implica el reconocimiento explícito de las diversidades de género, algo que la Corte Constitucional ya ha abordado en múltiples ocasiones”. Bajo ese contexto, señala que Colpsic no solo habría impuesto barreras en el proceso de expedición de la tarjeta profesional, sino que también habría restringido el reconocimiento de la identidad de quienes hacen el trámite, al no ofrecer una opción que se ajustara a su identidad de género.

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Por ultimo, la entidad que sí cuenta con protocolos para atender a la población diversa en la solicitud y expedición de tarjetas profesionales, con el cambio del componente sexo y nombre en la tarjeta profesional. Sin embargo, en la respuesta que le dio a El Espectador, únicamente hace referencia a las personas trans -no menciona a las personas no binarias-, y asegura que lo único que se les pide para el trámite es el Acta de Grado y el documento de identidad.

Por Redacción Género y Diversidad

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